Un hombre ha presentado una instancia en el Decanato de los Juzgados de Llíria (Valencia) para pedir el embargo de un avión de Spanair, después de que la compañía aérea no le haya pagado, transcurrido un año, los 403 euros de multa que fijó el juez por la pérdida de su equipaje, según indicó en declaraciones a Europa Press el afectado.
El pasajero, de 68 años, presentó una reclamación a la compañía a finales de diciembre de 2006, puesto que le extraviaron tres maletas en un viaje que realizó desde Valencia a Munich (Alemania) con dos de sus nietos, de 9 y 13 años. En la hoja de reclamación expone que al llegar a su destino, sobre las 10.15 horas, se percató de que sus maletas las habían remitido a Barcelona.
El afectado tardó un día en recuperar sus maletas, lo que le ocasionó gastos de teléfono, pérdida de parte del día programado, y la obligación de comprar efectos personales como cepillos de dientes, pasta, hojas de afeitar y jabón. Además, se encontró con un idioma desconocido, y tuvo que buscar ayuda para redactar el parte de incidentes.
Al regresar a Valencia, remitió una carta a la compañía, adjuntándole el parte, los billetes, las tarjetas de embarque y el resguardo de los equipajes, y contando lo ocurrido. Al cabo de tres meses y de "varias conferencias", explicó que la entidad le comunicó que le faltaba unca copia del DNI, algo que él consideró improbable porque lo envió al mismo tiempo.
Al día siguiente, el pasajero envió de nuevo una fotocopia del DNI, y a los 15 días recibió 11 euros por el ticket de compra, "y nada más". Le dijeron que no tenía derecho a indemnización "alguna" por la pérdida del equipaje, algo que sabía "positivamente" que era "falso", dijo.
Por este motivo, envió una carta al director general de la compañía, y otra más a Aviación Civil, para comunicarles lo ocurrido. Seguidamente, acudió al juzgado de primera instancia número 1 de Llíria para presentar una denuncia contra la entidad, y en sentencia del 20 de diciembre de 2007 se le condenó a pagar 313 euros más los intereses legales desde la reclamación judicial y las costas procesales.
El 12 de febrero de 2008, una vez notificada la sentencia sin interponer recurso, se decretó su firmeza. El 6 de marzo del mismo año se despachó la ejecución de la sentencia por las cantidades de 313 euros más 90 euros para intereses y costas.
En vista de que la compañía hizo caso omiso a la notificación de embargos, se presentó el 27 de abril de 2009 de 2009 en el Decanato de los Juzgados de Llíria para pedir el embargo del avión de la compañía que realizó el vuelo Valencia-Madrid el día 12 de marzo a las 6.55 horas.
Fuente: Ya
El pasajero, de 68 años, presentó una reclamación a la compañía a finales de diciembre de 2006, puesto que le extraviaron tres maletas en un viaje que realizó desde Valencia a Munich (Alemania) con dos de sus nietos, de 9 y 13 años. En la hoja de reclamación expone que al llegar a su destino, sobre las 10.15 horas, se percató de que sus maletas las habían remitido a Barcelona.
El afectado tardó un día en recuperar sus maletas, lo que le ocasionó gastos de teléfono, pérdida de parte del día programado, y la obligación de comprar efectos personales como cepillos de dientes, pasta, hojas de afeitar y jabón. Además, se encontró con un idioma desconocido, y tuvo que buscar ayuda para redactar el parte de incidentes.
Al regresar a Valencia, remitió una carta a la compañía, adjuntándole el parte, los billetes, las tarjetas de embarque y el resguardo de los equipajes, y contando lo ocurrido. Al cabo de tres meses y de "varias conferencias", explicó que la entidad le comunicó que le faltaba unca copia del DNI, algo que él consideró improbable porque lo envió al mismo tiempo.
Al día siguiente, el pasajero envió de nuevo una fotocopia del DNI, y a los 15 días recibió 11 euros por el ticket de compra, "y nada más". Le dijeron que no tenía derecho a indemnización "alguna" por la pérdida del equipaje, algo que sabía "positivamente" que era "falso", dijo.
Por este motivo, envió una carta al director general de la compañía, y otra más a Aviación Civil, para comunicarles lo ocurrido. Seguidamente, acudió al juzgado de primera instancia número 1 de Llíria para presentar una denuncia contra la entidad, y en sentencia del 20 de diciembre de 2007 se le condenó a pagar 313 euros más los intereses legales desde la reclamación judicial y las costas procesales.
El 12 de febrero de 2008, una vez notificada la sentencia sin interponer recurso, se decretó su firmeza. El 6 de marzo del mismo año se despachó la ejecución de la sentencia por las cantidades de 313 euros más 90 euros para intereses y costas.
En vista de que la compañía hizo caso omiso a la notificación de embargos, se presentó el 27 de abril de 2009 de 2009 en el Decanato de los Juzgados de Llíria para pedir el embargo del avión de la compañía que realizó el vuelo Valencia-Madrid el día 12 de marzo a las 6.55 horas.
Fuente: Ya
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